Las Órdenes Judiciales contra Simón Levy y su Discurso en Plataformas Digitales.
Por Fernando Elías
El debate sobre el desarrollo urbano y la gestión de los espacios públicos en la capital del país exige un escrutinio riguroso de las conductas de quienes han ocupado cargos de alta responsabilidad.
El caso de Simón Levy Dabbah —exsubsecretario de Planeación y Política Turística del Gobierno Federal y extitular de la agencia paraestatal ProCDMX— ejemplifica las complejas tensiones entre los procesos de ordenamiento inmobiliario, el marco judicial de la Ciudad de México y las narrativas que se difunden a través de los canales digitales de comunicación.
En la actualidad, el estatus jurídico de Levy Dabbah se dirime ante instancias formales del Estado mexicano y mecanismos de cooperación internacional.
De acuerdo con los registros de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX), el exfuncionario cuenta con mandamientos judiciales vigentes, mientras que reportes de las autoridades federales señalan que su situación de movilidad internacional se encuentra sujeta a las determinaciones del Tribunal de Apelación de Lisboa, Portugal, en el marco de un trámite de extradición en curso.

Los Procesos Penales y el Estatus de Comparecencia
Los expedientes abiertos en contra de Simón Levy en el ámbito local tienen su origen en controversias de carácter civil e inmobiliario que escalaron al terreno penal.
El primer suceso, ampliamente documentado en registros videográficos públicos de noviembre de 2021, derivó de una disputa condominal en un inmueble de la colonia Polanco, Alcaldía Miguel Hidalgo, denunciada por la ciudadana Emma Yolanda Santos González.
Con base en la carpeta judicial 004/2265/2021 y el Oficio UGJ4/13393/2022, una jueza de control del Poder Judicial de la Ciudad de México dictó una orden de aprehensión el 4 de agosto de 2022 por la probable comisión del delito de daño a la propiedad doloso.
Según información difundida por las autoridades ministeriales, dicha orden se emitió luego de que el investigado no compareciera a las citaciones judiciales programadas para las audiencias de control correspondientes.
Asimismo, la FGJCDMX mantiene abierto un segundo procedimiento penal integrado en la carpeta judicial 008/0734/2022 (Oficio UGJB/6009/2025-S). En este expediente, un juez de control libró un segundo mandamiento de captura el 8 de agosto de 2025 por hechos con apariencia del delito de responsabilidad de los directores responsables de obra o corresponsales, relacionado con presuntas irregularidades normativas en materia de edificación y habitabilidad en la capital del país. De acuerdo con el principio de presunción de inocencia, el imputado mantiene su carácter de probable responsable en tanto no exista una sentencia definitiva emitida por un tribunal competente.
La pregunta es obvia: ¿Comparecerá algún día ante la autoridad para definir su situación legal? Lo que es cierto es que eso no es una persecución política como lo argumenta permanentemente el señor Levy, sino un problema estrictamente judicial, que en todo caso es él quien lo ha politizado.
El Procedimiento Internacional y los Recursos de Amparo
Ante el traslado del exfuncionario fuera del territorio nacional, la Fiscalía General de la República (FGR) solicitó formalmente la intervención de la Organización Internacional de Policía Criminal. Conforme a los informes del Gabinete de Seguridad de México, en agosto de 2025 se emitió la notificación roja (ficha roja) de Interpol.
En cumplimiento de estos protocolos de cooperación jurídica de carácter internacional, las autoridades de Lisboa, Portugal, ejecutaron la detención provisional de Levy Dabbah el 28 de octubre de 2025. Un día después, el 29 de octubre de 2025, el Tribunal de Apelación de Lisboa determinó otorgarle la libertad sujeta a medidas cautelares de control de identidad y restricción de movilidad geográfica dentro de dicho país, mientras se desahoga y resuelve el fondo de la solicitud formal de extradición formulada por el Estado mexicano.
Paralelamente, la defensa técnica de Levy Dabbah ha recurrido al juicio de garantías en México. En el expediente de amparo indirecto 683/2025, la jueza Ruby Celia Castellanos Barradas, titular del Juzgado Décimo de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México, concedió una suspensión provisional respecto a la orden de aprehensión emitida en agosto de 2025. Esta medida cautelar protege al promovente de ser privado de su libertad al ingresar al país únicamente si los delitos que se le imputan no ameritan prisión preventiva oficiosa conforme a la legislación general aplicable, sin que esto signifique la cancelación de los procesos penales o del procedimiento de extradición europeo.
El Contraste entre los Datos Oficiales y las Versiones Digitales
La narrativa pública que Simón Levy sostiene en sus cuentas oficiales de redes sociales ofrece una versión que contrasta de manera directa con las declaraciones y registros oficiales de las fiscalías y los tribunales.
En sus difusiones digitales, el exsubsecretario suele presentar un discurso donde sitúa sus actividades en el ámbito de la alta consultoría y el diseño de políticas globales, dejando entrever su posible injerencia o interlocución en decisiones estratégicas de la política exterior de los Estados Unidos, tales como los vínculos comerciales con la República Popular China, el diseño de proyectos legislativos en el Capitolio, o la comunicación directa con legisladores y reportes del Departamento de Estado norteamericano.
No obstante, estos señalamientos constituyen una narrativa no verificada por fuentes independientes o gubernamentales de dichos países. El contraste se agudizó durante las fechas de su retención en el continente europeo; mientras el investigado publicaba contenidos audiovisuales afirmando encontrarse en plena libertad y operando políticamente en la ciudad de Washington D.C., los informes de coordinación policial de la FGR y las bitácoras judiciales de la corte en Lisboa confirmaban que su pasaporte permanecía retenido bajo la jurisdicción portuguesa, obligado a presentarse periódicamente ante las autoridades locales.

El Contexto Político y el Debate del Gasto Público
Desde la perspectiva del análisis político y social, las posturas y defensas de figuras vinculadas a la administración pasada suelen ser adoptadas por bloques de oposición tradicionales como el PRI y el PAN como parte de su retórica crítica hacia el modelo actual de gobernanza. Para los sectores que respaldan el proyecto de transformación nacional, este tipo de defensas mediáticas busca desviar la atención de los cuestionamientos de fondo respecto al uso del presupuesto público y las prácticas del desarrollo urbano del pasado.
La actual política económica se ha centrado en reorientar los recursos financieros públicos —que anteriormente se canalizaban hacia fideicomisos, agencias de coinversión o proyectos particulares de desarrollo inmobiliario en zonas de alta plusvalía como Polanco— hacia esquemas de inversión social directa, tales como las pensiones universales, las becas educativas y la infraestructura pública prioritaria en regiones históricamente rezagadas. En este contexto de confrontación de proyectos de nación, el estricto apego al debido proceso y el esclarecimiento técnico de las responsabilidades de los exservidores públicos en los tribunales resultan indispensables para garantizar el acceso a la justicia y el combate a la impunidad en materia urbana.









