A continuación presentamos el documento de petición que promueve el Frente Social Amplio para la reubicación de la caseta México-Querétaro ubicada en los límites de los municipios de Tepotzotlán y Cuautitlán Izcalli. En acciones coordinadas con diferentes grupos y organizaciones sociales se realiza el levantamiento de firmas en los municipios de Teoloyucan, Cuautitlán Izcalli, Cuautitlán, Coyotepec y Tepotzotlán.
Invitamos a nuestros vecinos y vecinas a que apoyen la presente iniciativa con su firma.
Busca la carpa de recolección de firmas en tu cabecera municipal.
Estado de México a 13 de septiembre de 2025
Asunto: Petición ciudadana para la movilidad sostenible en la región norte del Estado de México. Reubicación de la caseta de cobro de Tepotzotlán — renovación de carpeta asfáltica del tramo La Quebrada–Caseta de Tepotzotlán — estudio integral de movilidad y programa de obra pública para la mejora de vialidades, banquetas, señalización, semaforización y recuperación de espacios públicos.
Dra. Claudia Sheinbaum Pardo
Presidenta Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos
P R E S E N T E
C.C. Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT); Caminos y Puentes Federales (CAPUFE); Gobernadora del Estado de México; Secretaría de Movilidad del Estado de México; Ayuntamientos de los municipios de Teoloyucan, Cuautitlán Izcalli, Cuautitlán, Coyotepec y Tepotzotlán.
Exposición de motivos
Los habitantes, trabajadoras y trabajadores, comerciantes y usuarios del transporte de Teoloyucan, Cuautitlán Izcalli, Cuautitlán, Coyotepec y Tepotzotlán vemos afectada nuestra calidad de vida por deficiencias en la infraestructura vial y en la gestión del tránsito en el eje México–Querétaro, especialmente en el tramo desde La Quebrada hasta la caseta de Tepotzotlán y en las áreas urbanas aledañas. Las consecuencias visibles son: congestión persistente, aumento en tiempos de traslado y costos de operación, inseguridad vial, mayor emisión de contaminantes, deterioro de la infraestructura urbana y disminución en la seguridad y disfrute de los espacios públicos.
Con fundamento en el marco normativo federal y estatal que reconoce la movilidad como un derecho público y la obligación de planear, coordinar y ejecutar políticas públicas para una movilidad segura, eficiente y sostenible, solicitamos lo siguiente (detalle en páginas siguientes). Citamos la normativa más relevante que respalda la petición y las vías legales y técnicas para su instrumentación. (Cámara de Diputados, legislacion.edomex.gob.mx, Diario Oficial de la Federación)
Fundamento legal y técnico
- Derecho a la movilidad y obligación de planearla.
La Ley General de Movilidad y Seguridad Vial (federal) y la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de México reconocen la movilidad como un derecho y mandatan la elaboración de planes y programas para garantizar el desplazamiento seguro y eficiente de personas y bienes; además establecen la coordinación entre órdenes de gobierno para zonas metropolitanas. Esto obliga a autoridades federales, estatales y municipales a atender problemas que afectan el desplazamiento de la población. (Cámara de Diputados, legislacion.edomex.gob.mx) - Concesiones, casetas y competencias.
La construcción, operación y explotación de carreteras y plazas de cobro en vías federales se regula en la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y por los instrumentos de concesión. Cualquier reubicación o modificación relevante en una caseta con influencia intermunicipal requiere analizar la concesión vigente, notificar y coordinar con el concesionario (o con CAPUFE si aplica), y sujetarse a las normas técnicas aplicables. (Cámara de Diputados) - Normas técnicas aplicables a plazas de cobro y obras viales.
La SICT/SCT publica normas oficiales mexicanas y manuales que regulan el diseño y operación de plazas de cobro, señalamiento, barreras, y acciones de conservación. La reciente NOM-033-SCT2-2024 establece criterios de diseño de plazas de cobro que buscan minimizar el conflicto vial y proteger la integridad de usuarios. Los proyectos de renovación de carpeta asfáltica y señalización deben ajustarse a las NOM y a los manuales técnicos federales. (Diario Oficial de la Federación, sct.gob.mx) - Competencia y coordinación metropolitana.
La Ley estatal del Estado de México exige la coordinación entre municipios para la planeación de movilidad en zonas metropolitanas o de influencia; por tanto, las acciones propuestas deben integrarse en programas municipales y en el Programa Estatal de Movilidad, con participación ciudadana y evaluación técnica. (legislacion.edomex.gob.mx)
Problemática específica
- Ubicación y efecto de la caseta de Tepotzotlán: La caseta ubicada entre Tepotzotlán y Cuautitlán Izcalli genera embudos vehiculares y derivaciones de tráfico hacia vialidades municipales que no están diseñadas para el tránsito de largo recorrido ni para transporte de carga pesado. El paro, acumulación y maniobras alrededor de la caseta incrementan el riesgo de accidentes y el desgaste de la red vial local. (Se propone análisis de flujo vehicular y alternativas técnicas para el desahogo vehicular).
- Deterioro de la carpeta asfáltica (La Quebrada–Caseta Tepotzotlán): Tramo con fisuras, baches y deformaciones que reducen la seguridad, aumentan consumo de combustible, daños a vehículos y tiempos de traslado. La rehabilitación integral (carriles centrales y laterales) es prioritaria.
- Déficit en infraestructura urbana aledaña: Banquetas discontinuas, falta de cruces seguros peatonales, señalización deficiente y semaforización no coordinada que afectan a usuarios vulnerables (peatones, ciclistas, transporte público).
Propuestas concretas
Solicitamos respetuosamente a las autoridades federales y estatales, la aprobación, programación y ejecución —con participación ciudadana y financiamiento transparente— de las siguientes medidas:
1) Reubicación y reconfiguración de la caseta de cobro entre Tepotzotlán y Cuautitlán Izcalli
- Acción solicitada: Ordenar un estudio técnico-jurídico (impacto vial, ambiental, socioeconómico y legal sobre la concesión) para evaluar alternativas: reubicación de la caseta con implementación de carriles de paso diferenciado (pórticos TAG/IAVE), además de remodelación de la plaza con liberación de tránsito local y construcción de vías alternas para separar tránsito de paso y tránsito local.
- Justificación técnica: Minimizar puntos de conflicto vial y derivación de tráfico a calles municipales; disminuir emisiones por congestión; mejorar tiempos de viaje.
- Base normativa: Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal (concesiones) y NOM-033-SCT2-2024 sobre diseño de plazas de cobro. Además, la modernización de cobros (pórticos TAG) reduce congestión en casetas de alta afluencia. (Cámara de Diputados, Diario Oficial de la Federación)
2) Renovación y reacondicionamiento de la carpeta asfáltica -Tramo La Quebrada hasta Caseta de Tepotzotlán (carriles centrales y laterales)-.
- Acción solicitada: Programa de intervención en dos fases: (A) trabajos de emergencia en defectos críticos (bacheo, fresado y colocación de mezcla asfáltica de alta resistencia) y (B) rehabilitación estructural completa: reposición de subrasante/sub-base donde proceda, aplicación de mezcla asfáltica conforme a especificaciones federales para carreteras de alto tránsito, señalamiento horizontal y vertical, y sistemas de drenaje.
- Recomendaciones técnicas: Respetar las capacidades de carga previstas, usar materiales con especificaciones de la SICT (normativa de conservación) y prever franjas de servicio y protección para peatones y ciclistas en tramos aledaños donde corresponda.
- Base normativa: Manuales y normas de la SICT y la Ley de Caminos y Puentes; la obra debe ser ejecutada conforme a la normativa aplicable a infraestructura federal. (sct.gob.mx, Cámara de Diputados)
3) Estudio integral de movilidad municipal y programa de obra pública para renovación de vialidades, banquetas, señalizaciones, semaforización y recuperación de espacios públicos
- Acción solicitada: Financiar y ejecutar un Estudio Integral de Movilidad para cada municipio (Teoloyucan, Cuautitlán Izcalli, Cuautitlán, Coyotepec, Tepotzotlán), con los siguientes componentes mínimos:
- Diagnóstico de flujos (vehicular, transporte público, peatón, ciclista), puntos de conflicto, y demanda futura.
- Evaluación de la red vial local y su conectividad con ejes carreteros-viales federales.
- Plan de intervención priorizado y calendarizado (vialidades, banquetas accesibles, señalización, cruces peatonales, semaforización inteligente/coordinar semáforos, iluminación, recuperación de espacios públicos).
- Estimación de costos y fuentes de financiamiento (federal, estatal, fideicomisos, fondos de infraestructura).
- Mecanismos de gobernanza intermunicipal y participación ciudadana.
- Justificación social: Una visión integral permitirá invertir con eficiencia, priorizar accesibilidad y seguridad para peatones y ciclistas, reducir externalidades negativas (contaminación y ruido) y mejorar la calidad urbana.
- Base normativa: Leyes de movilidad estatal y federal que exigen planeación y coordinación entre municipios y niveles de gobierno; manuales de señalización y semaforización. (legislacion.edomex.gob.mx, Gobierno de México)
Resultados esperados – impacto social
- Disminución de congestión y tiempos de traslado en los ejes de vialidad principales.
- Menor desgaste de vías municipales por desvíos de tránsito pesado y de paso.
- Reducción de emisiones contaminantes y mejor calidad del aire local.
- Disminución de incidentes y siniestros viales mediante señalización y semaforización adecuadas.
- Recuperación y dignificación de espacios públicos para peatones y comercio local; impulso a la movilidad no motorizada.
- Mayor equidad en la movilidad (acceso seguro para personas con discapacidad, adultos mayores y niñas/os).
Mecanismo de implementación y transparencia
- Etapa 1 (0–6 meses): Concertación interinstitucional; dictamen técnico y jurídico sobre la caseta; diagnóstico rápido de infraestructura crítica.
- Etapa 2 (6–18 meses): Estudios integrales de movilidad municipales; proyectos ejecutivos de rehabilitación de tramo La Quebrada–Caseta Tepotzotlán; programa de obras locales.
- Etapa 3 (18–48 meses): Obras de reubicación / remodelación de caseta (si procede); rehabilitación de carpeta; ejecución de obras municipales (banquetas, semáforos, señalamiento, recuperación de espacios).
- Transparencia: Publicación de convenios, proyectos ejecutivos, licitaciones y contratos; acceso a bitácoras de obra y auditorías ciudadanas.
- Participación ciudadana: Mesas técnicas y audiencias públicas en cada municipio; observatorio ciudadano de movilidad.
Petitorio
Por lo expuesto y con fundamento en la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de México, la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y las normas técnicas aplicables (NOM-033-SCT2-2024, entre otras), solicitamos formalmente que:
- Se realice, a la brevedad, un estudio técnico-jurídico sobre la reubicación o reconfiguración de la caseta de cobro entre Tepotzotlán y Cuautitlán Izcalli, incluyendo alternativas de mitigación de impacto vial y ambiental, con participación municipal y ciudadana. (Cámara de Diputados, Diario Oficial de la Federación)
- Se programe y ejecute un programa de rehabilitación de la carpeta asfáltica (carriles centrales y laterales) en el tramo La Quebrada–Caseta de Tepotzotlán, conforme a las especificaciones técnicas de la SICT/SCT, priorizando seguridad, drenaje y durabilidad. (sct.gob.mx)
- Se destinen recursos y se contrate un estudio integral de movilidad para cada municipio señalado, y con base en estos estudios se ejecute un programa de obra pública que incluya renovación de vialidades, banquetas accesibles, señalización, semaforización coordinada y recuperación de espacios públicos. (legislacion.edomex.gob.mx, Gobierno de México)
- Se garantice la transparencia, la coordinación interinstitucional (federal–estatal–municipal) y la participación ciudadana, con publicación de avances, costos, y la apertura de mecanismos de seguimiento ciudadano.









